Dudas social

1. ¿Puedo tramitar mi tarjeta sanitaria si sólo tengo pasaporte?

Si, una vez pasados los tres meses en los que caduque el visado, se puede presentar la solicitud de la tarjeta sanitaria para personas sin recursos en las dependencias administrativas de los Centros de Salud o Consultorios locales.

2. ¿Qué documentación debo presentar para tramitar mi tarjeta sanitaria?

Junto a la solicitud, la persona interesada deberá presentar la siguiente documentación:

  • DNI, documento acreditativo de  Identidad o tarjeta equivalente de los extranjeros residentes en territorio español, pasaporte o cualquier documento que acredite la identidad de la persona interesada.
  • Certificado de empadronamiento o justificante de su inscripción en el padrón de habitantes de cualquier municipio de Castilla-La Mancha.
  • Solicitar Número de Afiliación a la Seguridad Social, por medio del modelo TA.1 “Solicitud de Afiliación/Número de la Seguridad Social”.
  • Libro de familia, en el supuesto de menores de catorce años que carezcan de DNI.
  • Documentación para el reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria a las personas sin recursos económicos suficientes.

3. ¿Puedo empadronarme si sólo tengo pasaporte?

Si, toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del Municipio donde resida habitualmente.

4. ¿Qué es el Padrón?

El Padrón es el registro que acredita la residencia y el domicilio de los vecinos del municipio a todos los efectos administrativos.

5. ¿Qué documentación debo presentar para empadronarme?

  • Hoja padronal cumplimentada y firmada por los mayores de edad inscritos en la misma.
  • Documento original que acredite la identidad de las personas inscritas (DNI, Tarjeta de Extranjero, Pasaporte, etc.) y Libro de Familia para los menores de 15 años. Si existe resolución judicial sobre los menores también hay que llevar una copia de la misma.
  • Documento original que acredite la ocupación de la vivienda, como escritura de propiedad, contrato de alquiler o recibo de agua, luz, gas, teléfono o Internet.

6. ¿Cada cuánto tiempo debo renovar mi empadronamiento?

  • Para los Extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente la inscripción en el padrón municipal deberá ser objeto de renovación periódica cada dos años. Transcurrido este plazo sin proceder a la renovación se acordará la caducidad de la inscripción.
  • Para ciudadanos españoles la inscripción en el padrón municipal tiene carácter permanente.

7. ¿Guada Acoge me puede gestionar ayudas económicas o de alimentos?

Guada Acoge no concede ayudas económicas ni de alimentos. Lo que desde aquí se realiza es una orientación y/o derivación hacia otros recursos o servicios.

8. ¿Facilita Guada Acoge intérpretes o traductores en algunos casos?

Si, para Centros Escolares de Guadalajara, Guada Acoge dispone de una red de voluntarios de diferentes paises que colabora al traducir documentos del colegio o realizando interpretaciones por problemas de entendimiento ligüístico.

9. Si mi hij@ tiene problemas de adaptación al llegar a España, ¿existe algún tipo de asesoramiento en Guada Acoge?

Si, en nuestra asociación disponemos de un servicio de asesoramiento tanto psicológico como social, para que os ayude en la adaptación.